El Diario Oficial de Galicia publica este miércoles la resolución por la que se convocan las ayudas de emergencia social para el año 2021 destinadas a gallegos residentes en el exterior, con una dotación global de medio millón de euros.
Los destinatarios de estas ayudas, por la modalidad de concurrencia no competitiva, serán gallegos residentes en el exterior que carezcan de los recursos económicos necesarios para atender situaciones sobrevenidas de carácter extraordinario de emergencia social, sanitaria o asistencial, que necesiten una actuación urgente para evitar o paliar situaciones de necesidad, exclusión o enfermedad o muerte por covid-19 o que deban sufragar costes de viajes.
Para estas ayudas, tendrán la condición de personas gallegas residentes en el exterior aquellos emigrantes que naciesen en Galicia o bien acrediten su residencia en Galicia de forma continuada durante diez años, con nacionalidad española, así como sus hijos, que tengan nacionalidad española y que se encuentren vinculados con cualquier ayuntamiento gallego en el padrón de españoles residentes en el exterior.
Excepcionalmente, para el caso de que estas personas tengan que realizar un viaje y no puedan valerse por sí mismas, también podrá ser beneficiaria un acompañante.
AYUDAS
Las ayudas, que convoca la Secretaría Xeral da Emigración, tienen carácter personal e intransferible y no originan ningún derecho subjetivo para las personas beneficiarias. Podrán solicitarse hasta el 15 de noviembre.
Cada beneficiario podrá solicitar solo una ayuda y el plazo máximo para resolverla y notificarla será de dos meses, desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. La cuantía se abonará en un pago único.
En el caso de encontrarse en el exterior en situaciones de marginación social, al beneficiario se le asignará una ayuda única del 20% del importe de la prestación por ancianidad del país de residencia o del 20% de la cuantía de la pensión no contributiva por jubilación vigente en el país de residencia. Se incrementará un 5% en el caso de que el grado de dependencia sea tal que la persona no pueda valerse por si misma. Estas condiciones también se aplicarán en casos de problemas relativos a alimentación, vestido, educación o de naturaleza análoga.
Para los casos de pérdida, inadecuación o dotación básica de vivienda, la ayuda será del 50% del presupuesto presentado, con un máximo de 3.000 euros, al igual que en casos de problemas sanitarios graves. Las ayudas a viajes tendrán una cuantía máxima de 1.500 euros por beneficiado, mientras que el tope del resto será de 3.000 euros.