El Consello de Contas de Galicia ha confirmado que el Ayuntamiento de Vigo, en su ejercicio de 2018, incumplió los objetivos de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto, lo que ha vinculado al rescate de la concesión del Auditorio-Pazo de Congresos Mar de Vigo, por un importe de 35,2 millones.
Así se desprende de su ‘Informe de fiscalización selectiva del Ayuntamiento de Vigo’, aprobado por el pleno del órgano fiscalizador en la sesión del pasado 1 de marzo, en el que señala que la liquidación presupuestaria del ejercicio 2018 de Vigo «pone de manifiesto que se incumple el objetivo de estabilidad presupuestaria», existiendo una necesidad de financiación (déficit) de 6,6 millones de euros.
A ello añade que también se incumplió el objetivo de la regla de gasto, ya que «el gasto computable del ejercicio 2018 superó el límite máximo de gasto no financiero en la cantidad de 18,5 millones de euros». En ambos casos, señala, la causa del incumplimiento «fue la aplicación del importe de la liquidación del contrato de concesión de obra pública para la construcción y explotación del Auditorio».
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ya había advertido en 2019 que el Ayuntamiento de Vigo incumpliría la regla de gasto en la liquidación de 2018 «por efecto de la operación no recurrente derivada del proceso concursal del auditorio de la ciudad».
Posteriormente, el alcalde de Vigo, Abel Caballero, presumió de haber encontrado la «fórmula» para gastar los remanentes de tesorería. Así, incidió en que la ciudad pudo hacer frente a ese rescate recurriendo en gran parte a dichos remantentes, e interpretó que eso significa que dicho rescate «no cuesta nada a los ciudadanos, porque se paga con los ahorros que había en el banco».
LIQUIDEZ
Dentro del mismo capítulo de gestión presupuestaria, Contas indica también que el Ayuntamiento no contaba en 2018 «con una suficiente estructura de personal para dar cobertura a las exigencias» del real decreto que regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local. Así, remarca que «existe una plaza de habilitación nacional que no está cubierta».
Por otro lado, el Consello de Contas avisa de que el Ayuntamiento olívico «no dota ninguna provisión para los riesgos y gastos que pudieran derivarse de la resolución de procedimientos judiciales».
En lo que respecta a la tesorería y cuentas a pagar, señala que la cuenta de acreedores pendientes de aplicar al presupuesto presenta un saldo al final del ejercicio fiscalizado de casi un millón de euros. Sobre ello, considera que «la existencia de saldos en esta cuenta tiene especial influencia en el desarrollo de los presupuestos, ya que añaden un nuevo desajuste a la ejecución presupuestaria, trasladando la imputación de gastos entre ejercicios».
En todo caso, afirma que el Ayuntamiento «cuenta con liquidez para hacer frente a corto plazo a su pasivo corriente», ya que contaba al final del ejercicio fiscalizado con 78,5 millones de euros de fondos líquidos, 85,5 millones de euros en derechos pendientes de cobro y 28,5 millones en obligaciones pendientes de pago.
El organismo también apunta que el Consistorio olívico cumplió con los plazos establecidos para la aprobación de sus presupuestos anuales, respetó los plazos para la aprobación y rendición de su cuenta general del ejercicio 2018 y remitió la información prevista al Tribunal de Cuentas y al Consello de Contas de Galicia.
En cuanto a las subvenciones, comenta que el procedimiento de concesión de subvenciones más empleado fue la concesión directa nominativa prevista en los presupuestos, firmándose 93 convenios o subvenciones nominativas, mientras que las convocadas en régimen de concurrencia «solo fueron 23».
A este respecto, Contas apunta que «se deben mejorar los procedimientos de recaudación para evitar la cancelación y la anulación de derechos a cobrar de presupuestos cerrados» y añade que el Ayuntamiento «debería dar preferencia al procedimiento ordinario de concesión de subvenciones, que es la tramitación en régimen de concurrencia competitiva».
CONTRATACIÓN Y PERSONAL
Acerca de la contratación, el organismo reconoce que existen contratos menores, tales como servicios de mantenimiento, alquiler de vehículos, seguros, suministración de gas, electricidad o combustible, que, por su objeto, tienen carácter recurrente y se van a repetir en años sucesivos.
Sobre ellos, advierte que «se podrían considerar contrarios a derecho si el órgano de contratación, en el momento de iniciar su tramitación, tiene conocimiento cierto o pudiera tenerlo de la necesidad de contratar prestaciones determinadas de carácter o naturaleza unitarios (…) que tiene que llevar a cabo necesariamente año tras año y que responden a una necesidad continuada en el tiempo».
Es por ello que el organismo fiscalizador recomienda al Consistorio «la planificación de la contratación, para adecuar los plazos de duración a la naturaleza de las prestaciones y así poder tramitar con antelación las licitaciones siguiendo los procedimientos en la Ley de Contratos del Sector Público».
Finalmente, en lo relativo al área de personal, señala que en el ejercicio 2018 hubo un incremento presupuestario del 43% del artículo referido a otro personal, «debido a la contratación de personal temporal o interino para hacer frente a la normal prestación de los servicios obligatorios».
A ello agrega que la entidad «debería contar con una regulación interna en las materias de promoción profesional, sistemas de selección de personal, cálculo y control de los incentivos económicos al rendimiento».