InicioSOCIEDADUn juzgado de A Coruña reconoce el derecho de un jubilado a...

Un juzgado de A Coruña reconoce el derecho de un jubilado a recibir el complemento por maternidad en su pensión

Publicada el


El refuerzo del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña ha estimado la demanda promovida por un jubilado frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social para que se le reconozca el complemento por maternidad.

En este caso, el juez considera que debe ser del 5% sobre la cuantía inicial de la pensión de jubilación contributiva, con efectos económicos desde el 3 de diciembre de 2020, momento en el que le fue reconocida la prestación de jubilación. Contra este fallo, con fecha del 12 de mayo de 2021, cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

En la resolución, el juez tiene en cuenta los criterios jurisprudenciales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18), que establece que tienen derecho a percibir este plus los beneficiarios de las pensiones de jubilación, invalidez o viudedad con dos hijos o más declaradas desde el 1 de enero de 2016 hasta el 4 de febrero de 2021.

«La actual configuración del complemento por maternidad pretende compensar las desventajas laborales derivadas de la maternidad (cuidados y educación de los hijos/as)», indica el juez.

Así, resalta que el concepto «transciende de la maternidad biológica y se vincula a la práctica de los cuidados proyectados sobre los menores descendientes», pues se trata de proteger «la pérdida de oportunidades laborales o inferior cotización que conlleva irremediablemente el tiempo dedicado al cuidado de hijos e hijas, pues tal trabajo carece de reconocimiento social o contributivo al sistema de la Seguridad Social».

En el fallo, sostiene que esta bonificación «está dando un trato desigual, por razón de sexo, ante situaciones comparables», pues los hombres «acaban padeciendo esas mismas desventajas y pérdida de oportunidades laborales que las mujeres».

LA SEGURIDAD SOCIAL «VULNERA» LA IGUALDAD

Además, concluye que el complemento de maternidad «incurre en discriminación directa por razón de sexo, al excluir a los padres varones pensionistas (jubilación, invalidez y viudedad contributivas) que puedan estar en una situación comparable a la de las madres trabajadoras».

En consecuencia, la demanda ha sido estimada, ya que el juez entiende que la decisión adoptada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social «vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación por razón de sexo del recurrente».

últimas noticias

El PSdeG lleva al Parlamento la situación de la senda del Banquete de Conxo y exige explicaciones a la Xunta

El secretario xeral del PSdeG de Santiago y diputado autonómico, Aitor Bouza, ha anunciado...

Convocada una nueva edición del ‘Premio de Poesía’ de Afundación, dotado con un premio de 7.000 euros

Afundación, la Obra Social de Abanca, la Consellería de Cultura y el Centro PEN...

Pesca.- La conselleira do Mar destaca la apuesta del grupo Porto-Muíños por la diversificación de productos del mar

La conselleira do Mar, Marta Villaverde, ha visitado este viernes las instalaciones de Algafrés,...

La Xunta expresa su «preocupación» ante la «incapacidad» del Estado para desarrollar la red eléctrica

La consellería de Economía e Industria, María Jesús Lorenzana, ha subraya la "preocupación" del...

MÁS NOTICIAS

Pesca.- La conselleira do Mar destaca la apuesta del grupo Porto-Muíños por la diversificación de productos del mar

La conselleira do Mar, Marta Villaverde, ha visitado este viernes las instalaciones de Algafrés,...

A juicio el hombre acusado de acuchillar a un joven en Salceda en 2019 y se enfrenta a 25 años de cárcel por asesinato

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra acogerá este lunes y este...

Sanidade sitúa el seguimiento de la huelga médica en turno de tarde en el 3,90% en Primaria y el 2,37% en Hospitalaria

El seguimiento de la huelga de médicos en el turno de tarde de este...