El Ayuntamiento de Sada ha instado al Estado a interponer de forma inmediata un incidente ejecución de sentencia para dilucidar la propiedad de los bienes muebles existentes en el interior del Pazo de Meirás y, en consecuencia, saber cuáles podrían ser retirados por los Franco (aquellos que puedan acreditar que fueron adquiridos a su cargo) y cuáles forman parte integrante del inmueble.
En un comunicado remitido a los medios, el Consistorio señala el articulo 703.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil determina, respeto de la ejecución de sentencias en la que se ordene la entrega de bienes inmuebles, que podrán ser retirados aquellos bienes muebles («cosas») pero solo aquellos que «no sean objeto de título».
Al respecto, señala que, tal y como consta en la escritura notarial de 1938 –declarada válida por la sentencia del juzgado de primera instancia en septiembre de 2020–, lo que se acordó con la Junta Pro-Pazo fue «la transmisión del inmueble, pero también todo cuando dentro del edificio del pazo de las Torres de Meirás existe» excepto lo referido a la biblioteca.
El Consistorio considera «sorprendente» que en el auto de la Audiencia en el que se revoca el depósito mobiliario a favor de los Franco no se mencione ese concreto párrafo de la ley ni tampoco el relativo a la escritura de 1938 a pesar de que «fue expresamente alegado» por el Ayuntamiento.
«Por tanto, lo que resulta inadmisible es que el auto considere que el hecho de que en la demanda del Estado no se ejercitara una pretensión específica sobre los bienes muebles suponga automáticamente que la totalidad de los bienes sean propiedad de los Franco», señala el Consistorio, que asegura que la Audiencia «no se ajusta al contenido de la escritura de 1938»
Además, el Ayuntamiento de Sada ha reiterado su solicitud a la Xunta de Galicia para que incorpore al decreto BIC del pazo la relación de bienes asociados a la categoría de sitio histórico.