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El exalcalde de Ourense Manuel Cabezas recusa a magistrados que le juzgarán y el TSXG tendrá la última palabra

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La defensa de Manuel Cabezas, el que fuera alcalde de Ourense por el PPdeG entre los años 1995 y 2007, ha presentado un escrito de recusación contra miembros del tribunal que le juzgará en la conocida como ‘causa del 10 por ciento’ por supuesta malversación y prevaricación en el ámbito urbanístico, cuya imparcialidad pone en duda.

Así lo han confirmado a Europa Press fuentes del ámbito judicial, que han ratificado que ahora se están cumplimentando los trámites relativos a dar traslado al resto de partes informar a los magistrados de la petición. Una vez finalicen, la petición tendrá que llegar al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que es el órgano que decidirá en último término.

En concreto, el escrito hace hincapié en que los magistrados Ana del Carmen Blanco, Manuel Cid y Amparo Lomo del Olmo han participado en decisiones durante la fase de instrucción, por lo que la defensa de Cabezas tiene dudas de su imparcialidad.

El escrito subraya que la primera de las garantías del proceso es la imparcialidad del juzgador e incide que, en este caso, los magistrados del tribunal han tenido «contacto anterior» con el «objeto» del proceso.

La Fiscalía, por su parte, se opone a la recusación y recuerda que en la Audiencia de Ourense solo hay una Sección Penal.

FISCALÍA PIDE SIETE AÑOS DE CÁRCEL

Precisamente, la Fiscalía pide siete años de prisión y una multa de 1,5 millones de euros para Cabezas por un perjuicio a las arcas públicas municipales de unos 1,65 millones de euros, al no exigir el 10 por ciento del aprovechamiento urbanístico, obligatorio por ley, a un total de 15 proyectos.

También se solicita esta misma pena de cárcel para el que era concejal delegado de Urbanismo entre septiembre de 1999 hasta junio de 2004, Ricardo Campo Labrador. En este caso, la multa asciende a 1,2 millones de euros.

Según el escrito del Ministerio Fiscal, recogido en su día por Europa Press, se explica que en diciembre de 1994, el pleno municipal aprobó una propuesta que suponía «la no exigencia del 10 por ciento del aprovechamiento urbanístico municipal en los polígonos de suelo urbano no consolidado». En 1997 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Ley del suelo y en el año 1998 la Ley sobre régimen del suelo que recogía expresamente el 10 por ciento del aprovechamiento.

«No obstante, (…) a sabiendas de la de la inaplicación del acuerdo aprobado en el pleno del 15 de diciembre de 1994, sin modificar el mismo siendo nulo de pleno derecho», señala la Fiscalía en relación a Manuel Cabezas y Ricardo Campo Labrador, «aprovecharon los cargos públicos que ostentaban, guiados, ambos acusados, por un ánimo de enriquecimiento injusto, con el fin de convertir el patrimonio municipal en beneficios privados».

Así pues, añade que, entre los años 1997 y 2002, aprobaron 15 proyectos de compensación, en suelo urbano no consolidado, «sin exigir la cesión del 10 por ciento», pese a ser «preceptiva». En el escrito fiscal se enumeran los 15 proyectos en los que no se exigió el 10 por ciento con cuantías que suman unos 1,65 millones de euros y que van desde los 21.022 euros hasta los casi 700.000 euros.

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