El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Ourense ha ordenado que se practiquen diligencias para investigar si la Diputación de Ourense cometió un delito de prevaricación en la adquisición de mobiliario urbano en el año 2011, cuando la institución provincial estaba gobernada por José Luis Baltar.
La orden, según informa el TSXG, parte de una sentencia previa, en la que este mismo juzgado condena a la Diputación ourensana a abonar 193.093 euros a un particular que le suministró bancos y marquesinas en el año 2011.
La Administración provincial reconoció durante el proceso que recibió el mobiliario urbano, pero alegó que no lo pagó porque el presupuesto no había sido aceptado previamente. El juez, sin embargo, estima el recurso del particular «a fin de evitar un enriquecimiento injusto por parte de la Diputación, que ha percibido los bancos y marquesinas y, sin embargo, no ha abonado su precio».
Sin embargo, debido a la forma en la que fue adquirido el mobiliario urbano, el juez ordena en la sentencia la remisión de las actuaciones al Ministerio Fiscal con el objetivo de que se practiquen «las diligencias que considere necesarias para determinar si procede el ejercicio de la acción penal por la posible comisión de un delito de prevaricación cometido por el/los responsables del encargo de los suministros de bancos y marquesinas, sin perjuicio de otros en los que hubiesen podido incurrir».
El juez advierte en la resolución que la parte recurrente «se ha beneficiado de una forma grosera de unos suministros encargados a dedo, sin presupuesto, contrato o formalidad alguna y, lo que es más grave, saltándose la normativa en materia de contratación, impidiendo que otras empresas pudiesen presentar sus propuestas, de modo que finalmente se encargasen los suministros a la que mejor oferta hiciese, con el consiguiente beneficio para los administrados y para las arcas públicas».
Más aún, el magistrado destaca que «ni siquiera se ha tratado de eludir la aplicación de la normativa acudiendo a sucesivos contratos inferiores al mínimo legal para esquivar, en fraude de ley, la aplicación de la normativa contractual». «Sino que no se hizo contrato alguno, pese a que los suministros encargados han supuesto para el erario público cientos de miles de euros», añade.
Por todo ello, concluye que procede deducir testimonio de particulares al Ministerio Fiscal por si, en el caso de que no se estimase prescrito, se pudiese apreciar la comisión de un delito de prevaricación.