La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto al acusado de abusar, de forma continuada, de una menor con la que coincidía en la iglesia por considerar que el testimonio de la menor «está falto de corroboración periférica».
Fiscalía solicitaba para el acusado 4 años de prisión por abuso sexual y la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 200 metros, así como de comunicarse con ella durante 6 años.
El padre de la niña había denunciado que el sospechoso había mantenido una relación sentimental con su hija desde enero del 2017 hasta mediados del 2018.
El escrito de acusación manifestaba que el hombre, «prevaliéndose de su edad y su amistad con la familia de la niña», logró que ésta entrase, «en diversas ocasiones», en la cafetería en la que trabajaba y allí «someterla a realizar actos de índole sexual con él, tales como besos y tocamientos».
Asimismo, la acusación alegaba que el acusado mantuvo esta relación de índole sexual con la menor, también, a través de mensajes telefónicos y de llamadas donde «él le solicitaba fotos íntimas mientras le enviaba imágenes de sus genitales».
Sin embargo, tales imputaciones no han resultado acreditadas para el tribunal, que indican en la sentencia que «el testimonio de la menor está falto de corroboración periférica y no media suficiente prueba de signo incriminatorio en torno a la realidad de los tocamientos de índole sexual realizados por el acusado».
La sentencia de la Audiencia Provincial dictamina que «no hubo concreción por parte de la menor en qué actos, contrarios a su indemnidad sexual, fueron realizados por el acusado». Por ello, «ante la falta de persistencia, el aludido testimonio está huérfano de elementos objetivos que le presten la corroboración periférica».
Tampoco han podido ser incorporados a las actuaciones los mensajes telefónicos a los que alude a la acusación, «dado que habían sido borrados». Así pues, la audiencia ha absuelto al acusado.