La Xunta aprovecha la ley de medidas fiscales y administrativas que acompaña a los presupuestos diseñados para el año 2021 para, de conformidad con la legislación básica estatal, ratificar, entre otras cuestiones, nuevos derechos de funcionarios que tengan reconocida la condición de víctima de terrorismo.
Así, se modifica la ley de empleo público autonómica en el apartado relativo a la movilidad interadministrativa y se apunta que, para hacer efectivo su derecho a la protección y a la asistencia social integral, los funcionarios que ostenten la condición de víctima de terrorismo tendrán derecho al traslado a otro puesto de trabajo propio de su cuerpo, escala o categoría profesional, de análogas características, cuando la vacante sea de necesaria cobertura o, en caso contrario, dentro de la comunidad.
Aún así, en tales supuestos, la Administración pública competente estará obligada a comunicarle las vacantes situadas en la misma localidad o en las localidades que el interesado expresamente solicite. Este traslado tendrá la consideración de traslado forzoso.
En todo caso, este derecho podrá ser ejercitado cuando sea necesario para la protección y asistencia social integral de la persona a la que se concede, ya sea por acción de las secuelas provocadas por la acción terrorista o por la amenaza a la que se encuentra sometida en los términos previstos de forma reglamentaria.
En las actuaciones y procedimientos relacionados con violencia terrorista, se protegerá la intimidad de las víctimas, en especial sus datos personales, los de sus descendientes y los de cualquier persona que esté bajo su guardia y custodia.
REDUCCIÓN DE JORNADA
En el texto, también se ratifica que los funcionarios con la condición de víctima de terrorismo tendrán derecho a la reducción de jornada con la reducción salarial profesional o a reordenar el tiempo de trabajo, así como a la aplicación del «horario flexible» en los términos que fije la Administración competente.
Dichas medidas serán adoptadas y mantenidas en el tiempo en tanto que resulten necesarias para «la protección y asistencia social integral de la persona a la que se concede, ya sea por razón de las secuelas provocadas por la acción terrorista o por la amenaza a la que se pueda encontrar sometida.
PERMISO POR LACTANCIA
Entre las modificaciones legislativas que atañen a los empleados públicos, también se tocan apartados de conciliación, como el artículo relativo a los permisos de lactancia
En este caso, se agrega que se podrá pedir la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente. Esta modalidad se podrá disfrutar únicamente a partir de la finalización del permiso por nacimiento, adopción, guardia con fines de adopción, acogimiento o del progenitor diferente de la madre biológica, o una vez que, desde el nacimiento del menor, transcurriese un tiempo equivalente al que comprenden dichos permisos.