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El juzgado ordena a los Franco devolver el Pazo de Meirás al Estado el 10 de diciembre

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El Juzgado de Primera Instancia número uno de A Coruña ha acordado, a instancias del Estado, la ejecución provisional de la sentencia que declara que el Pazo de Meirás es propiedad pública y ordena a la familia Franco su devolución.

Según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la magistrada ha fijado la entrega voluntaria del inmueble por parte de la familia Franco el 10 de diciembre, a las 11 horas. «Por motivos de seguridad, y con el fin de preservar su integridad, la entrega será verificada por la comisión judicial en el propio pazo», precisa.

Al respecto, recuerda que los demandados se han mostrado conformes con la ejecución provisional de la sentencia, según trasladaron en un escrito remitido esta semana al juzgado y a la espera de que la Audiencia de A Coruña se pronuncie sobre su recurso de apelación.

No obstante, la jueza advierte que, si no realizan la entrega en el día y hora señalados, «se procederá en el mismo acto al inmediato desalojo».

CONDENA A LOS FRANCO

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña estimó el pasado 2 de septiembre la demanda interpuesta por el Estado y lo declaró propietario del Pazo de Meirás, por lo que condenó a la familia Franco a la devolución del inmueble sin ser indemnizada por los gastos en los que afirmaba haber incurrido para el mantenimiento de la propiedad.

En el procedimiento, la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de Sada, el de A Coruña y la Diputación defendieron también la postura de la Abogacía del Estado coruñesa, mientras que como demandados constaban seis familiares de Francisco Franco y una sociedad limitada.

La magistrada declaró en la sentencia la nulidad de la donación efectuada en 1938 de «la finca denominada Torres o Pazo de Meirás al autoproclamado jefe del Estado, Francisco Franco Bahamonde, por carecer del requisito esencial de forma».

Al entender que la propiedad del inmueble corresponde al Estado, la jueza declaró también nula la parte de la escritura por la que los herederos de Franco se hicieron con la finca, así como la donación que se recoge en una escritura de noviembre de 1982.

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