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Admitido a trámite el recurso de los Franco contra la sentencia que declara al Estado propietario de Meirás

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El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto por la familia Franco contra la sentencia que declara al Estado propietario del Pazo de Meirás, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Ahora, el Juzgado dará traslado a las demás partes, a las que emplazará para que en el plazo de diez días presenten escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la sentencia.

Tras el fallo que obliga a los Franco a devolver el Pazo de Meirás al Estado, al que declara propietario del inmueble, la representación legal de la familia del dictador ya anunció su decisión de presentar un recurso por, entre otras cuestiones, considerarlo «técnicamente deficiente».

Así, esta parte criticó, tras hacerse público el contenido de la sentencia, que la resolución dé por probados todos los hechos contenidos en el libro sobre el Pazo de Meirás, escrito por Carlos Babío y Manuel Pérez Lorenzo, que declararon en el juicio.

ARGUMENTOS DE LOS FRANCO

En la vista, los Franco argumentaron que el inmueble fue un regalo a su familiar a título personal y alegaron, entre otros motivos, que cuando la propiedad fue destruida en el año 1978 el Estado se «olvidó» del mismo y que Meirás fue reconstruido por Carmen Franco.

Frente a este posicionamiento, en su sentencia, la magistrada Marta Canales declaró la nulidad de la donación efectuada en 1938 de «la finca denominada Torres o Pazo de Meirás al autoproclamado jefe del Estado, Francisco Franco Bahamonde, por carecer del requisito esencial de forma».

En relación a este fundamento, aclara la jueza que, el mismo año en que se efectúa la donación, se constituye una Junta Pro Pazo «del Caudillo» para comprar y regalar el Pazo de Meirás «al Generalísimo de los Ejércitos y Jefe del Estado Nacional».

«Su nombre era Francisco Franco Bahamonde, pero no se le regala a él por sí mismo, sino al jefe del Estado», añade respaldando los argumentos de los demandantes — el Estado, la Xunta, los ayuntamientos de A Coruña y Sada y la Diputación coruñesa– y rechazando los de la parte demandada, seis familiares de Francisco Franco y una sociedad limitada.

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