Las nuevas medidas pactadas por las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad se harán efectivas en Galicia a partir de la noche del domingo al lunes. El Diario Oficial de Galicia ha publicado este sábado la orden en la que se recogen estas actuaciones y se actualizan algunas de las medidas ya aplicadas por el Gobierno gallego, que afectan especialmente al ocio nocturno y a los locales de restauración.
En el caso del consumo de tabaco (medida ya aplicada en Galicia), únicamente se podrá exceptuar la obligación del uso de máscara cuando se garantice esta distancia de seguridad (dos metros), incluidas las terrazas y los espacios al aire libre.
La Xunta modifica las acciones aplicadas en el territorio y las extiende tanto a cigarrillos electrónicos como a cualquier dispositivo de inhalación de tabaco o similares, como pipas de agua o cachimbas.
El consumo en los locales podrá realizarse tanto en barra como en la mesa, pero siempre manteniendo la distancia de seguridad interpersonal entre clientes. Las mesas, además, no podrán superar las diez personas.
Los establecimientos de hostelería y de restauración no podrán admitir clientes a partir de la medianoche y estarán obligados a cerrar a las 01,00 horas.
Todas estas acciones se harán efectivas a partir de la medianoche del domingo, es decir, de la madrugada del lunes (las 00,00 horas del 17 de agosto).
BROTES POR OCIO
Los locales de ocio nocturno (discotecas, pubs, cafés-espectáculo, de fiestas o de conciertos) permanecerán cerrados. Según el escrito trasladado por el Ministerio a la Xunta, este tipo de establecimientos constituyen actualmente el origen de los brotes epidémicos con mayor número de casos asociados y de «una gran parte de la transmisión comunitaria».
Por otro lado, se recomienda que las reuniones privadas no superen las diez personas y se utilice mascarilla entre no convivientes, además de restringir los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
La orden de la Xunta establece, además, que será la Consellería de Política Social la que determine las medidas específicas que deberán adoptarse en los centros sociosanitarios respecto a las pruebas PCR, el régimen de visitas y salidas para responder a la situación de riesgo derivada del incremento de casos positivos por coronavirus.