La junta electoral de Galicia, el árbitro que vela por el transcurso del desarrollo de los comicios, ha advertido a la CRTVG que tiene que «respetar la neutralidad informativa también en el periodo electoral previo al inicio de la campaña electoral», después de que el BNG hubiese denunciado el «silencio» de su candidata a la Presidencia de la Xunta, Ana Pontón.
La Corporación de Radio e Televisión de Galicia (CRTVG) ha ratificado, tras ser consultada por Europa Press, que presentará recurso ante la junta electoral por la decisión, para lo que tiene de plazo hasta este martes 23, a las 16,30 horas. Por otro lado, el ente público defiende que todos sus planes de cobertura de los últimos 12 años contaron con el aval de la junta electoral, salvo una estimación parcial de Ciudadanos.
El BNG denunció, ante la junta electoral de Galicia, que su candidata, Ana Pontón, era «silenciada» en los totales emitidos en los informativos. Esto es, mientras que el resto de aspirantes salían con su propia voz en la televisión, de Ana Pontón se emitieron en varias ocasiones imágenes en las que se «limitaba la noticia a una narración en off. Fueron denunciados tres telediarios en un escrito en el que también se instaba a la junta electoral a establecer medidas «compensatorias» con la formación del BNG al ver «vulnerados sus derechos en la cobertura informativa».
En los fundamentos jurídicos, la junta electoral señala que los medios de comunicación públicos «tienen la facultad de optar por un determinado formato informativo, siguiendo para eso criterios periodísticos».
«NO DEBEN DE SER TRATADOS DE FORMA DISCRIMINATORIA»
Sin embargo, añade, «los sujetos que intervienen en la contienda electoral no deben de ser tratados por dichos medios de forma discriminatoria, ya que ese trato sería contrario a los principios de igualdad electoral y neutralidad informativa en toda su programación».
Al respecto, la junta electoral señala que «no hay duda de que el partido político denunciante», es decir, el BNG, «tiene en la actualidad representación parlamentaria». Así, se pronuncia en concreto por la información del 19 de junio, en la que «no se incluyeron declaraciones de la candidata del BNG ni de ninguna otra persona de este partido, hecho que contrasta con la información dada a las otras dos fuerzas políticas que sí salen con declaraciones de los candidatos, una de las cuales no tiene representación en la Cámara gallega».
Así las cosas, la junta electoral afirma que «esta diferencia carece de una justificación objetiva razonable, máxime teniendo en cuenta la representatividad» del BNG, motivo por el qeu «considera que la queja está fundada por no haberse respetado la neutralidad informativa en toda la programación».
«PRINCIPIOS DE LA LOREG»
Así las cosas, la junta electoral ha acordado que la CRTVG tiene «el deber legal de cumplir los principios recogidos en el artículo 66 de la Loreg» y, por ello, «requiere» a la corporación «que se respete la neutralidad informativa también en el periodo electoral previo al inicio de la campaña electoral».
El ente público tiene derecho a interponer recurso de alzada ante la junta electoral central, que deberá ser presentado antes de las 16,30 horas de este martes, 23 de junio.